Per Dardo Gómez, secretario general de la Federación de Sindicatos de Periodistas (FeSP)
“La información constituye un derecho fundamental reconocido como tal por el Convenio europeo de los derechos humanos y las Constituciones democráticas, cuyo sujeto o titular son los ciudadanos, a quienes corresponde el derecho de exigir que la información que se da desde el periodismo se realice con veracidad en las noticias y honestidad en las opiniones sin ingerencias exteriores, tanto de los poderes públicos como de los sectores privados.” (Código Europeo de Deontología del Periodismo del Consejo de Europa. Artículo 8. 1de julio de 1993)
Seguramente, a muchos ciudadanos ésto le sorprenda: saber que son propietarios de un derecho que desde hace años les es secuestrado por los medios de comunicación y ocultado por los representantes de la ciudadanía.
“La información constituye un derecho fundamental reconocido como tal por el Convenio europeo de los derechos humanos y las Constituciones democráticas, cuyo sujeto o titular son los ciudadanos, a quienes corresponde el derecho de exigir que la información que se da desde el periodismo se realice con veracidad en las noticias y honestidad en las opiniones sin ingerencias exteriores, tanto de los poderes públicos como de los sectores privados.” (Código Europeo de Deontología del Periodismo del Consejo de Europa. Artículo 8. 1de julio de 1993)
Seguramente, a muchos ciudadanos ésto le sorprenda: saber que son propietarios de un derecho que desde hace años les es secuestrado por los medios de comunicación y ocultado por los representantes de la ciudadanía.
Es decir, que tienen derecho a exigir que esa información cumpla con requisitos que le aseguren que lo que recibe tiene la calidad necesaria para resultarles útil en la formación de su opinión sobre los grandes temas ciudadanos.
Ese derecho también implica la obligación de informar sobre aquellos hechos de trascendencia pública; no sobre la vida de algunos personajillos, sino de los temas que afectan a la ciudadanía organizada en cuerpos sociales, como, por ejemplo, una asociación de vecinos.
Durante el difícil tránsito del franquismo a la democracia varios fueron los derechos de la ciudadanía que se reconocieron pero que, hasta ahora, no han sido dotados de las normativas necesarias para ser ejercidos. Entre ellos el derecho a la información, para que todos entendamos que no es cierto que los medios estén para vigilar a los poderes elegidos por la ciudadanía ni para formar nuestra opinión.
Medios y periodistas son intermediarios privilegiados, a los que hemos dotado de un grado superior de la libertad de información, para que cumplan con la obligación paralela de hacer efectivo el derecho de todos a la información.
Para hacer de este derecho una realidad el Foro de Organizaciones de Periodistas -entre las cuales se halla la Federación de Sindicatos de Periodistas- ha elaborado un proyecto de ley de Garantía del Derecho a la Información de la Ciudadanía, que se está haciendo conocer a todas las organizaciones civiles ( se puede consultar en www.fesp.org)
Sin perjuicio de ésto, la ciudadanía catalana tiene la posibilidad de avanzar en el mismo sentido exigiendo a los grupos políticos del Parlament que hagan efectivo el artículo 52 del Estatut que señala:
1. Correspon als poders públics de promoure les condicions per a garantir el dret a la informació i a rebre dels mitjans de comunicació una informació veraç i uns continguts que respectin la dignitat de les persones i el pluralisme polític, social, cultural i religiós. En el cas dels mitjans de comunicació de titularitat pública la informació també ha d'ésser neutral.
2. Els poders públics han de promoure les condicions per a garantir l'accés sense discriminacions als serveis audiovisuals en l'àmbit de Catalunya."
Es nuestro deber no permitir que las leyes fundamentales sean abandonadas al designio arbitrario de quienes secuestran nuestros derechos; el primero es el de disponer de información de calidad.
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